¿Por qué colaborar?

Como cualquier otra entidad, la FG necesita una provisión anual de ingresos estables que le permita hacer frente a los gastos generales derivados de su actividad.
Para ello, la FG busca la complicidad de particulares y entidades interesadas en patrocinar sus acciones en favor de la conservación del quebrantahuesos y su hábitat.
Colabore con la FG a través de donaciones económicas, materiales o de cualquier otra índole que contribuya al éxito ecológico y social del proyecto de reintroducción del quebrantahuesos.
Recuerde, como particular, usted puede colaborar con la FG…
- Como donante
- Adquiriendo los productos de nuestra tienda.
Recuerde, su empresa o entidad puede colaborar con la FG…
- Como donante
- Como patrocinador de un proyecto concreto
- Participando en nuestro Programa de Voluntariado Ambiental Corporativo, una forma útil y original de mejorar el sentimiento de pertenencia a la plantilla de sus empleados.
Le ofrecemos…
- Certificado de Entidad Colaboradora de la FG.
- Inclusión del logotipo de la empresa en todos los materiales informativos, divulgativos y promocionales editados por la Fundación en el marco de las actividades financiadas.
- Inclusión en la página web de la FG de una noticia con fotografía sobre el convenio de colaboración suscrito con su empresa.
- En el caso de patrocinio de acciones concretas, la condición de empresa patrocinadora será mencionada en todos los contactos con medios de comunicación (comunicados, reportajes, entrevistas…) realizados en el marco de esa actividad.
- Visita guiada a la zona de trabajo del proyecto.
- Suscripción automática a todos nuestros boletines electrónicos.
- Envío periódico de materiales divulgativos editados por la entidad.
- Un 20% de descuento en todos los artículos de nuestra tienda.
- Calendario anual sobre el proyecto de reintroducción del quebrantahuesos.
- En su caso, informe justificativo de los gastos cubiertos con su aportación.
- Documentación fiscal que permitirá desgravar la cantidad aportada.
Otras ventajas
- Beneficios fiscales
La FG está acogida a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales del Mecenazgo, por lo que los donativos a la entidad en cualquier concepto o modalidad se benefician de ventajas fiscales (deducción de cuota) tanto en el Impuesto de Sociedades (35% de la base de la deducción) como en el IRPF (25%).
Asimismo, también es posible suscribir convenios de colaboración por el cual se entregan unas cantidades, bienes o servicios, deducibles como gasto y a los que no hay que repercutir IVA.
Por otra parte, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de los no Residentes tienen derecho a practicar una deducción por las donaciones efectuadas a favor de entidades beneficiarias del mecenazgo, de la siguiente manera:
- Los que operen sin establecimiento permanente en territorio español, el 25% de la base de la deducción.
- Los que operen con establecimiento permanente en territorio español, podrán aplicar la deducción prevista en el caso de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.
- Posicionamiento e imagen
Las empresas responsables se saben parte del entorno en el que realizan sus actividades y contribuyen de forma voluntaria a su mejora a través de sus políticas de Responsabilidad Social Corporativa colaborando con entidades y proyectos que trabajan por la conservación de la naturaleza.
La filantropía ambiental, a través del patrocinio o de donaciones es una de las formas más rentables y efectivas para las empresas de devolver a la sociedad una parte de los beneficios que ésta les ha generado. Una buena "reputación verde" se ha convertido en un factor estratégico.
Asociar la actividad de su empresa/entidad a la actuación ambiental de la FG le ayudará a posicionarse en el mercado como empresa responsable y social y ambientalmente comprometida, un valor añadido en la imagen pública de su entidad que contribuirá a diferenciarle de la competencia.


